jueves, 23 de diciembre de 2010

Ley de Educación Universitaria

En la madrugada del día 23 de Diciembre, la Asamblea Nacional en sesión extraordinaria, con alrededor de 30 diputados, aprobó en segunda discusión la Ley de Educación Universitaria.


La reforma de esta ley propone cambio gravísimos en lo relativo a la formación profesional, funcionamiento de las universidades, autonomía universitaria, libertad de cátedra, pluralismo ideológico y más.


Art.2: "La educación universitaria se define como: ... ord 2º: Un bien irrevocablemente público, al servicio de la transformación material y espiritual de la sociedad, en función de la consolidación de la soberanía, defensa integral e independencia nacional, el fortalecimiento del Poder Popular y del diálogo de saberes, el desarrollo territorial integral, EL MODELO PRODUCTIVO SOCIALISTA.... en el marco de la construcción de una SOCIEDAD SOCIALISTA..."


Art.3: "La presente ley establece como principios rectores de la educación universitaria para desarrollar sus prácticas y contenidos y avanzar en la construcción de una SOCIEDAD SIN CLASES... ANTIIMPERIALISMO y el ANTICOLONIALISMO POLÍTICO..."


Art.4: "La educación universitaria debe contribuir a: ... ord 9º: Desarrollar procesos formativos de calidad y con pertinencia socioterritorial integral para la consolidación del MODELO PRODUCTIVO SOCIALISTA que coadyude a elevar la conciencia del pueblo para alcanzar la suprema felicidad..."


Art.16: Competencias del Estado docente ... ordinal 1º: Garantizar: literal c: Que la educación universitaria sea un bien irrevocablemente público al servicio de la transformación material y espiritual de la sociedad, en función de la consolidación de la soberanía e independencia nacional, el fortalecimiento del Poder Popular y del diálogo de saberes, el desarrollo territorial integral, EL MODELO PRODUCTIVO SOCIALISTA.... en el marco de la construcción de una SOCIEDAD SOCIALISTA... literal h: la calidad CON PERTINENCIA SOCIALISTA de sus programas... ordinal 2º Regular, supervisar y controlar: literal f: la creación, modificación, cierre parcial, temporal o definitivo de programas de formación o carreras... literal ñ: en conjunto con los órganos estatales competentes, la propiedad intelectual sobre los productos, invenciones, creaciones, patentes que fueren creadas o mantenidas por las instituciones de educación universitaria... LITERAL W: LAS ACCIONES PARA ERRADICAR LAS PRÁCTICAS MIGRATORIAS HACIA EL EXTERIOR DE TÉCNICOS Y PROFESIONALES UNIVERSITARIOS, ASÍ COMO TAMBIÉN LA ACTIVACIÓN DE MECANISMOS PARA EXIGIR EL RETORNO DE LOS ESTUDIANTES...."


Art.22: "Las instituciones de educación universitaria de gestión privada son instituciones sin fines de lucro... cuyos fines son desarrollar los procesos, funciones, actividades fundamentales de la educación universitaria en las diversas áreas del saber, en función de consolidar la transformación material y espiritual de la sociedad venezolana.  EL EJECUTIVO NACIONAL PODRÁ AUTORIZAR LA CREACIÓN O SUSPENSIÓN TEMPORAL O DEFINITIVA DEL MANTENIMIENTO DE INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA DE GESTIÓN PRIVADA.... las cuales deberán SOMETERSE A LA MÁS ESTRICTA VIGILANCIA, SUPERVISIÓN Y CONTROL POR PARTE DEL ESTADO DOCENTE..."


Art.26: SE ROMPE CON EL ESQUEMA TRADICIONAL DE LA AUTONOMÍA UNIVERSITARIA.


Art.33: "EL MINISTERIO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA PODRÁ REVOCAR O SUSPENDER LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN UNIVERSITARIA DE GESTIÓN SOCIAL O DE GESTIÓN PRIVADA, DEBIDO AL INCUMPLIMIENTO DE LOS TÉRMINOS DE LA AUTORIZACIÓN O VIOLACIONES A LAS DISPOSICIONES LEGALES Y NORMATIVAS...." 


Art.34: "...Al entrar en vigencia la presente Ley, las universidades deberán elaborar y proponer yn proyecto de reglamente acorde con lo establecido en la presente Ley..."


Art.35: "Cada institución de educación universitaria definirá un Plan de Desarrollo Institucional que deberá ser aprobado por el Ministerio... Estos deberán abarcar al menos los siguientes aspectos: ... literal g: vinculación permanente con el Poder Popular y contribución con el desarrollo territorial integral y sustentable, en el marco de la democracia protagónica REVOLUCIONARIA ....literal h:generación de un modelo educativo humanista, desarrollado en estrecha vinculación con las comunidades, comprometido con la soberanía nacional, los valores de igualdad, libertad, justicia social, solidaridad y la  CONSTRUCCIÓN DEL SOCIALISMO BOLIVARIANO..."




ESTOS SON SÓLO ALGUNOS DE LOS ARTÍCULOS QUE FUERON APROBADOS POR LA ASAMBLEA NACIONAL... COMO PUEDEN DARSE LA UNIVERSIDAD COMO LA CONOCEMOS HOY EN DÍA DESAPARECERÁ...


NOSOTROS COMO ESTUDIANTES, ESPECIALMENTE COMO FUTUROS ABOGADOS, DEBEMOS LUCHAR PARA LA RECUPERACIÓN DE LOS ESPACIOS DEMOCRÁTICOS, NO PODEMOS PERMITIR QUE NUESTRA EDUCACIÓN Y LIBERTAD DE PENSAMIENTO SE VEA ARREBATADA POR SECTORES REGIDOS POR LA INTOLERANCIA Y LA VIOLENCIA.


LA LUCHA DEBE SER PACÍFICA, PERO DEBEMOS ESTAR ATENTOS Y NO DEJAR ATROPELLEN NUESTROS DERECHOS. 


"LA DEMOCRACIA NUNCA ES DADA VOLUNTARIAMENTE POR EL OPRESOR: DEBE SER DEMANDADA POR EL OPRIMIDO". Martin Luther King.

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